Si tributas en dos países, el convenio evita que pagues dos veces. Nosotros lo aplicamos correctamente.
Si vives o trabajas entre dos países, es probable que la misma renta quede sujeta a impuestos en ambos. Los convenios de doble imposición existen para evitarlo. Nosotros determinamos cuál aplica a tu situación y lo gestionamos correctamente.
Las empresas internacionales que abren en España sin acompañamiento especializado suelen encontrarse con las mismas fricciones:
España tiene CDI firmados con más de 90 países. La mayor parte siguen el Modelo OCDE, pero cada convenio tiene sus particularidades. Aplicar el convenio equivocado o ignorar sus límites tiene un coste real.
Determinación del estado de residencia
Analizamos tu situación personal para determinar en qué país eres fiscalmente residente y qué implicaciones tiene en cada renta que generas.
Aplicación del convenio correspondiente
Identificamos el CDI aplicable, interpretamos su articulado según tu tipo de renta y aplicamos correctamente el método de eliminación de doble imposición.
Reducción legal de la carga fiscal
Optimizamos la tributación dentro del marco legal vigente: exenciones, créditos fiscales y estructuras de ingresos compatibles con los convenios aplicables.
Gestión de retenciones internacionales
Revisamos si las retenciones practicadas respetan los límites del CDI y gestionamos, cuando procede, su devolución ante la administración correspondiente.
Operar entre dos países sin una planificación fiscal adecuada puede suponer pagar impuestos dos veces por los mismos ingresos. Con el convenio bien aplicado, es un proceso ordenado que elimina esa carga de forma completamente legal.
Determinamos tu residencia fiscal, identificamos el CDI aplicable y gestionamos cada tipo de renta salarios, dividendos, pensiones, cánones para que tributes solo donde corresponde y no un euro más.
España tiene CDI vigentes con más de 90 países. Conocemos su articulado y sabemos cómo aplicarlos.
¿España tiene convenio con mi país de origen?
España tiene CDI vigentes con más de 90 países, incluyendo todos los estados miembros de la UE, EE.UU., Reino Unido, Japón, China, México, Argentina y muchos más. Si no existe convenio, se aplica la normativa interna española de forma unilateral, lo que puede resultar en una mayor carga fiscal. Lo verificamos en la primera consulta.
¿Qué significa que un CDI sigue el Modelo OCDE?
La mayoría de convenios suscritos por España se basan en el Modelo OCDE, que establece una estructura común para repartir la potestad tributaria entre estados. Esto facilita la interpretación, aunque cada convenio puede incluir variaciones importantes que hay que analizar por separado.
¿Qué métodos existen para eliminar la doble imposición?
Los dos métodos principales son la exención (la renta tributa solo en un país y el otro la exime) y la imputación o crédito fiscal (la renta tributa en ambos países, pero el segundo deduce lo pagado en el primero). El método aplicable depende del convenio y del tipo de renta.
¿Qué es el procedimiento amistoso (MAP)?
El MAP (Mutual Agreement Procedure) es el mecanismo previsto en los CDI para resolver conflictos de interpretación entre dos administraciones fiscales. Si ambos países reclaman el mismo impuesto y no hay acuerdo directo, el MAP permite que las autoridades competentes negocien una solución. Es un proceso técnico y largo; lo gestionamos de principio a fin.
Hablemos sobre cómo podemos colaborar y alcanzar el éxito juntos. ¡Presiona el botón de contacto para empezar ahora!