Empresa nueva creación

Crear una empresa en España tiene costes, pero también ventajas fiscales que muchos emprendedores no aprovechan. Algunas se aplican de forma automática; otras hay que solicitarlas en plazo o dependen de cómo se estructure el negocio desde el primer día.

Si eres un emprendedor extranjero o una empresa internacional que abre filial en España, conocer estos incentivos antes de constituir la sociedad puede suponer un ahorro importante en los primeros ejercicios.

Qué se considera una empresa de nueva creación

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A efectos fiscales, es una entidad que inicia una actividad económica por primera vez. No se considera nueva creación cuando la actividad ya se ejercía antes por otra persona o entidad vinculada, cuando la sociedad forma parte de un grupo mercantil en determinados supuestos o cuando se trata de una sociedad patrimonial.

Este punto es clave: transformar un negocio existente en sociedad no da derecho, por sí solo, a las ventajas de nueva creación.

 

Tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades

Las entidades de nueva creación tributan al 15% en lugar del tipo general del 25%:

  • En el primer período impositivo con base imponible positiva.
  • Y en el período siguiente.

Los años con pérdidas no consumen el beneficio: el contador empieza cuando la empresa gana dinero por primera vez.

Startups certificadas: ventajas ampliadas (Ley 28/2022)

Las empresas emergentes reconocidas por ENISA bajo la Ley de Startups disfrutan de ventajas adicionales:

  • Tipo del 15% durante 4 períodos: el primero con base imponible positiva y los tres siguientes.
  • Aplazamiento de la deuda del Impuesto sobre Sociedades de los dos primeros ejercicios con beneficios, sin garantías ni intereses de demora (12 y 6 meses).
  • Sin pagos fraccionados en los dos primeros períodos con base positiva.
  • Deducción del 50% en IRPF para sus inversores, con un máximo de 100.000 € anuales.

Para acceder hay que solicitar la certificación de startup ante ENISA, que exige, entre otros requisitos, tener carácter innovador y un modelo de negocio escalable.

Compensación de pérdidas sin límite en los primeros años

Con carácter general, las bases imponibles negativas solo pueden compensarse hasta un porcentaje de la base del ejercicio. Las empresas de nueva creación no tienen ese límite en los tres primeros períodos en que generen base imponible positiva. Es decir, pueden compensar todas las pérdidas de los años de arranque.

Exención del IAE durante los dos primeros años

Quienes inician una actividad están exentos del Impuesto sobre Actividades Económicas en los dos primeros períodos impositivos. Además, las sociedades con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros están exentas de forma permanente.

Aun así, hay que darse de alta en el censo mediante el Modelo 036.

Constitución de la sociedad exenta de ITP-AJD

La constitución de sociedades y las ampliaciones de capital están exentas del impuesto sobre operaciones societarias. Los costes de arranque se limitan a notaría, registro y gestión.

Autónomos: tarifa plana y reducción en IRPF

Si empiezas como autónomo en lugar de como sociedad:

  • Tarifa plana en la Seguridad Social: cuota reducida de 80 € al mes durante los primeros 12 meses, ampliable otros 12 meses si los rendimientos netos son inferiores al salario mínimo.
  • Reducción del 20% en el IRPF sobre el rendimiento neto de la actividad en el primer período con rendimiento positivo y en el siguiente.

Elegir entre autónomo o sociedad afecta directamente a qué ventajas puedes aplicar. Conviene analizarlo antes de darse de alta.

Si vienes del extranjero: la Ley Beckham

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Los emprendedores que se trasladan a España para desarrollar una actividad emprendedora pueden acogerse, desde 2023, al régimen especial de trabajadores desplazados: tributación al 24% sobre las rentas del trabajo en España hasta 600.000 € durante un máximo de 6 años.

Se solicita con el Modelo 149 en los 6 meses siguientes al inicio de la actividad. Pasado ese plazo, se pierde la opción.

 

Checklist antes de constituir la empresa

✓ Actividad realmente nuevaConfirma que no procede de un negocio vinculado.

✓ Autónomo o sociedadDecide en función de las ventajas que puedes aplicar.

✓ Certificación de startupValora si el proyecto puede obtenerla ante ENISA.

✓ Modelo 036 correctoAlta censal con la actividad bien definida desde el inicio.

! Plazo del Modelo 149Si vienes del extranjero, tienes 6 meses desde el inicio de la actividad.

✓ Contabilidad al día desde el primer añoEs lo que te permitirá compensar las pérdidas de arranque. Qué libros oficiales debes llevar.

Preguntas frecuentes

¿El tipo del 15% se aplica aunque la empresa tenga pérdidas el primer año?
El 15% se aplica a partir del primer año con beneficios. Los años con pérdidas no cuentan, así que la ventaja no se pierde.

¿Una filial española de un grupo extranjero puede aplicar el tipo de nueva creación?
Depende de si la actividad ya se ejercía antes dentro del grupo. Hay que analizar cada caso.

¿Qué es mejor para empezar, autónomo o sociedad?
Depende del volumen de beneficios previsto, del riesgo patrimonial y de las ventajas aplicables. Con beneficios moderados suele compensar empezar como autónomo; con beneficios altos o socios, la sociedad.

¿La tarifa plana de autónomos es automática?
Se solicita al darse de alta en el RETA y se aplica si no se ha estado de alta como autónomo en los dos años anteriores (tres si ya se disfrutó antes de la tarifa plana).

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La información de este artículo es orientativa. Cada caso requiere un análisis personalizado por parte de un asesor.